General Policiales
Corrientes: condenaron a un pastor evangelista por abuso sexual agravado contra una adolescente
Fue sentenciado a siete años de prisión por aprovechar su rol religioso y manipular a la menor en Corrientes. Un pastor evangelista fue condenado en la provincia de Corrientes por abuso sexual agravado contra una adolescente. Para la Justicia, aprovechó su rol religioso para manipular a la menor.
Fue sentenciado a siete años de prisión por aprovechar su rol religioso y manipular a la menor en Corrientes.
Un pastor evangelista fue condenado en la provincia de Corrientes por abuso sexual agravado contra una adolescente. Para la Justicia, aprovechó su rol religioso para manipular a la menor.
El Tribunal Oral Penal de la Cuarta Circunscripción Judicial de Paso de los Libres condenó al pastor a siete años de prisión como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por su calidad de ministro de culto.
El hecho ocurrió en el 2020 cuando eI acusado, aprovechando su rol de líder religioso y la confianza que la víctima y su familia, “citó a la joven de 16 años al templo con el pretexto de orar para liberarla de un supuesto mal”. Sin embargo, durante la falsa ceremonia, cometió tocamientos en sus partes íntimas.
En el juicio se acreditó también que actuaba como líder religioso de la congregación, aún sin reconocimiento institucional formal.
Los jueces Marcelo Manuel Pardo, Marcelo Ramón Fleitas y Agustín Martín Gatti entendieron que el consentimiento de la víctima no podía considerarse válido, ya que fue obtenido mediante manipulación y engaño.
El doctor Pardo también mencionó el impacto emocional en la víctima, que sufrió intentos de suicidio y trastornos psicológicos severos a raíz del hecho.
“La víctima, por el engaño y en la creencia inocente por su edad adolescente- que provenía de la autoridad de la iglesia a la que concurre, quien ejerce potestad religiosa intimidante al ser el máximo exponente, no pudo consentir libremente que se trataba de abusos sexuales sobre su cuerpo”, sostuvo Pardo.
El Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres señaló que la conducta solo pudo concretarse por la relación desigual entre el imputado y la víctima, lo que impidió que ella pudiera consentir libremente la acción, conforme al tipo penal aplicado.
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